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Canal Ético

Con el propósito de promover una cultura de transparencia, ética, libre de conductas de corrupción o
fraude, así como establecer los lineamientos en el proceso de detección, investigación y atención del fraude o corrupción, la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE MEDIACIÓN ha diseñado el presente Canal como
una herramienta para prevenir, detectar, investigar y remediar eventos de fraude o corrupción, consultas y dilemas éticos que se le puedan presentar a los Mediadores inscritos en nuestro Registro de Mediadores, así como para los ciudadanos y usuarios, al objeto de que nos comuniquen cualquier posible anomalia en la utilización de nuestros servicios de mediación, que sea prestado por los mediadores inscritos en el Registro de Mediadores de ASEMED. 

 

Para ello, deben rellenar los datos en el formulario que aparece a continuación, ofreciéndose al comunicante absoluta confidencialidad en el contenido de su comunicación, con el compromiso de ASEMED de iniciar los trámites de investigación, tramitación y resolución de los hechos puestos en conomicimiento de nuestro Centro de Mediación y Responsabilidad Social Corporativa.

 

Su mensaje del formulario se ha enviado correctamente.
Ha introducido los siguientes datos:

CANAL ÉTICO - COMUNICACIÓN DE INCIDENCIA

Por favor, corrija los datos introducidos en los campos siguientes:
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Atención: Los espacios marcados con * son obligatorios.

PROCEDIMIENTO DE QUEJAS, SUGERENCIAS Y DENUNCIAS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE MEDIACIÓN, PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE DELITOS ADOPTADO.

 

. OBJETIVO

Establecer las pautas para la recepción de denuncias sobre aquellos hechos vinculados a la presunta comisión de infracciones y delitos cometidos, al amparo de lo previsto en el PLAN DE PREVENCIÓN DE DELITOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE MEDIACIÓN, que pudieran ser cometidos por sus directivos, empleados o mediadores profesionales inscritos en el Registro de Mediadores de ASEMD.

II. ALCANCE    

La Asociación Española de Mediación, sus directivos, empleados, mediadores profesionales , , y cualquier persona natural o jurídica.

III. RESPONSABILIDAD

La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad de Dirección de Recursos Humanos, de la Dirección del Centro de Mediación y de la Dirección General. .

 IV. DEFINICIONES

Para efectos de presente procedimiento se entiende por:

 -        Denuncia: Comunicación hecha por el denunciante ante la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE MEDIACIÓN  sobre hechos vinculados a la presunta comisión de infracciones y delitos recogidos en el Plan de Prevención de Delitos.

-        Denunciado: Operador de mediación , directivo o empleados  o cualquier otra persona natural o jurídica a quien se le atribuye los hechos objeto de la denuncia.

-        Denunciante: Persona natural o jurídica que formula una denuncia ante la ASEMED. T.

 V. BASE LEGAL

  • Art 31 y siguientes del Código Penal Español.

 VI. NORMAS GENERALES

1.      Cualquier persona natural o jurídica puede formular denuncias ante la ASEMED por hechos vinculados a la comisión de infracciones o delitos.

      Si la denuncia está referida a otras materias son derivadas al órgano o entidad competente.

 2.      Las denuncias son atendidas teniendo en cuenta los recursos disponibles. 

3.      El contenido de la denuncia, así como su tramitación y la identidad del denunciante son de carácter reservado; la ASEMED debe mantener la confidencialidad respecto a dicha información, asimismo, no está obligada a comunicar al denunciante las acciones realizadas a consecuencia de la denuncia. 

4.      El denunciante debe manifestar su voluntad de realizar la denuncia sin imponer nungua limitación respecto al alcance de la misma y a las responsabilidades que pudieran derivarse.

5.      La Junta Directiva de ASEMED  designarán  a los instructores de los expedientes de denuncias que hayan sido admitidas a trámite

VII. DESCRIPCION:

1.      Las denuncias pueden ser presentadas ante la ASEMED a través de los siguientes medios:

a)      Vía electrónica, mediante el llenado del formato publicado en el portal web de la ASEMED (www.asemed.org ).

b)      Vía telefónica, a través de la central de consultas de la ASEMED o de la línea directa designada para tal fin, y cuyo teléfono aparece en la página web.

c)      Por escrito, ante la unidad de trámite documentario de las dependencias de la ASEMED, utilizando el “Formato de Presentación de Denuncias”, enviando la misma al email : centrodemediacion@asemed.org

d)      En forma personal, ante cualquier dependencia de la ASEMED.

2.      En la denuncia se debe exponer claramente la relación de los hechos, las circunstancias de tiempo, lugar y modo, la indicación de sus presuntos autores y partícipes, y el aporte de la evidencia u otra información que permita su comprobación.

3.      Las denuncias presentadas por cualquier medio  deben ser derivadas a la Dirección General, Dirección de RRHH o del Centro de Mediación, a cargo del Módulo de Denuncias para su registro. 

4.            El personal encargado de la canal de denuncias verifica la consistencia de la denuncia teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a)      Identificación del denunciado y/o de las demás personas partícipes en los hechos materia de la denuncia;

b)      Hechos vinculados a la presunta comisión de infracciones o delitos  previstos en el Plan de Prevención de Delitos de ASEMED u otras disposiciones cuya aplicación o ejecución es de competencia o responsabilidad de ASEMED;

c)           Datos que puedan coadyuvar en la investigación de la denuncia;

d)      Pruebas que permitan a ASEMED  su comprobación.  Los reportes publicados en el portal web institucional así como las publicaciones de la ASEMED no se consideran medios probatorios;

e)      Acto u omisión que no se encuentre prescrito.

7.      Verificada la consistencia de la denuncia, los responsables del Canal de Denuncias designará  a un instructor  para su evaluación.

8.    Procede al archivo de la denuncia cuando:

a)      Es inconsistente

b)      Los hechos han sido denunciados anteriormente, salvo que se aporte nuevas pruebas.

c)      Exista una acción de control en trámite.

VIII. FLUJOGRAMA

 

 IX. INFRACCIONES , SANCIONES Y DELITOS

  • Los señalados en las normas legales correspondientes.

 X. REGISTROS

·  Registro de denuncias presentadas

           Código                                                : RC-01-AÑO-C.P.

           Tipo de Almacenamiento                   : Físico

           Tiempo de Conservación                  : Cinco (5) años

           Ubicación                                           : ARCHIVOS DE ASEMED

          Responsable                                      : RESPONSABLES DEL CANAL DE DENUNCIAS

 

·  Registro de denuncias inconsistentes y archivadas

           Código                                                : RC-02-AÑO-C.P.

          Tipo de Almacenamiento                   : Físico

          Tiempo de Conservación                  : Cinco (5) años

          Ubicación                                           : ARCHIVOS DE ASEMED

          Responsable                                      : RESPONSABLES DEL CANAL DE DENUNCIAS

XI.  VIGENCIA 

       A partir del día siguiente de su aprobación por la Junta Directiva de ASEMED.

    Madrid, 18 de julio de 2.015

 

 

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