CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE MEDIACIÓN PARA LOS MEDIADORES PROFESIONALES INDIVIDUALES.
El presente Código de conducta establece una serie de principios de obligado cumplimiento de los mediadores individuales inscritos en el REGISTRO DE MEDIADORES DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE
MEDIACIÓN (en adelante ASEMED), debiendo implantar los medios necesarios de vigilancia y control, bajo su propia responsabilidad, para ser llevado a cabo de forma efectiva.
Podrá aplicarse a cualquier tipo de mediación en asuntos civiles y mercantiles, familiares, sanitarias, penales y penitenciarias, y cualquier otro ámbito de la mediación en la que el
mediador individual participe.
Las organizaciones que proporcionen servicios de mediación podrán también ajustarse a él, pidiendo a los mediadores que actúen bajo sus auspicios que respeten elCcódigo de conducta.
Las organizaciones podrán divulgar información sobre las medidas que estén tomando en materia de formación, evaluación y supervisión con el fin de que los mediadores individuales respeten
el Código de conducta.
A efectos del Código de conducta , se entenderá por mediación cualquier procedimiento, con independencia de cómo se denomine o a él se refiera, en el que dos o más partes en un conflicto de
intereses acuerden voluntariamente intentar resolverlo con la asistencia de un tercero, denominado en lo sucesivo, "el mediador".
El respeto del Código de conducta se entenderá sin perjuicio de la legislación nacional ni de las normas profesionales específicas.