La ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE MEDIACIÓN establece un canal para reportar anomalías en servicios de mediación, promoviendo transparencia y ética. Garantiza confidencialidad y compromete investigación inmediata.
Con el propósito de promover una cultura de transparencia, ética, libre de conductas de corrupción o fraude, así como establecer los lineamientos en el proceso de detección, investigación y atención del fraude o corrupción, la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE MEDIACIÓN ha diseñado el presente Canal como una herramienta para prevenir, detectar, investigar y remediar eventos de fraude o corrupción, consultas y dilemas éticos que se le puedan presentar a los Mediadores inscritos en nuestro Registro de Mediadores, así como para los ciudadanos y usuarios, al objeto de que nos comuniquen cualquier posible anomalia en la utilización de nuestros servicios de mediación, que sea prestado por los mediadores inscritos en el Registro de Mediadores de ASEMED.
Para ello, deben rellenar los datos en el formulario que aparece a continuación, ofreciéndose al comunicante absoluta confidencialidad en el contenido de su comunicación, con el compromiso de ASEMED de iniciar los trámites de investigación, tramitación y resolución de los hechos puestos en conomicimiento de nuestro Centro de Mediación y Responsabilidad Social Corporativa.
1) OBJETIVO
Establecer las pautas para la recepción de denuncias sobre aquellos hechos vinculados a la presunta comisión de infracciones y delitos cometidos, al amparo de lo previsto en el PLAN DE PREVENCIÓN DE DELITOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE MEDIACIÓN, que pudieran ser cometidos por sus directivos, empleados o mediadores profesionales inscritos en el Registro de Mediadores de ASEMD.
2) ALCANCE
La Asociación Española de Mediación, sus directivos, empleados, mediadores profesionales , y cualquier persona natural o jurídica.
3) RESPONSABILIDAD
La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad de Dirección de Recursos Humanos, de la Dirección del Centro de Mediación y de la Dirección General.
4) DEFINICIONES
Para efectos de presente procedimiento se entiende por:
5) BASE LEGAL
Art 31 y siguientes del Código Penal Español.
6) NORMAS GENERALES
7) DESCRIPCION:
8) FLUJOGRAMA
9) INFRACCIONES , SANCIONES Y DELITOS
Los señalados en las normas legales correspondientes.
10) REGISTRO DE DENUNCIAS
Registro de denuncias presentadas
Registro de denuncias inconsistentes y archivadas
11) VIGENCIA
A partir del día siguiente de su aprobación por la Junta Directiva de ASEMED.
Madrid, 18 de julio de 2.015
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